martes, 3 de julio de 2007
Aprender...
El aprender no es algo que se de, de un dia a otro, esto va con el tiempo, sobre todo el aprender otro idioma, este video mustra de forma muy sarástica y a la ves cómica lo que se piensa sobre esto; me gustaria que todos puedan reflexionar, y piensen bien, que es lo que buscan en la vida. Sobre todo en el conocimiento; al leer este tema espero que saquen sus propias opiniones.
Muchas gracias por su tiempo.
ley divina positiva

Por ejemplo, la llamada Ley Antigua, como los preceptos del Decálogo en el “Antiguo Testamento”, o la Ley Nueva o Ley Evangélica, resumida en el “mandamiento nuevo” de Jesús “amarnos los unos a los otros como Él nos ha amado”. El sentido de esta revelación es guiar a los hombres para la realización de la conducta adecuada para su salvación, y ha sido necesaria para compensar las limitaciones de la razón humana en la interpretación de la ley natural.
ley eterna

La ley que descansa en la propia razón de Dios y de la cual derivan todas las demás leyes:
Santo Tomás dice que es eterna e inmutable porque a Dios le corresponde la eternidad. Dios ordena todas las acciones, tanto humanas como no humanas, hacia su fin. A diferencia de Aristóteles, Santo Tomás pone el fundamento del bien en un fundamento más trascendental que la propia naturaleza: Dios.
Ley Positiva

Nuestra Constitución, o el Código Penal, son ejemplos de leyes positivas. A diferencia de nuestro punto de vista que tiende a fundamentar la legitimidad de la ley positiva en el consenso democrático y la voluntad popular, Santo Tomás consideró que las leyes positivas deben ser expresión de la ley natural, la cual a su vez es expresión de la ley eterna. Así, aquellas leyes positivas que sean contrarias a las leyes naturales (que sean “contranatura”) no son leyes buenas y es justo que el ciudadano se niegue a cumplirlas, mientras que aquellas que son conforme a la ley natural son justas y buenas y el ciudadano está obligado a cumplirlas. Dado que la ley natural no establece con total claridad y precisión cada conducta que el hombre debe realizar para su vida comunitaria, el legislador debe utilizar su razón práctica para tratar de dar con la ley positiva acorde con los principios prácticos generales insertos en la naturaleza humana. Por ejemplo, la ley natural establece que el asesinato es moralmente incorrecto pero no establece con detalle las distintas variantes que esta conducta puede tener, ni las penas que corresponden a cada una de ellas, de ahí que la función principal del legislador sea la de definir o hacer explícita la ley natural, aplicarla a los casos particulares y establecer los medios coercitivos para hacerla efectiva. La legalidad no siempre coincide con la moralidad: si el legislador promulga una ley contraria a la ley natural, y, en último término a la ley divina, es legítimo o moralmente correcto aunque no sea legal que el súbdito se rebele y no la cumpla.
ley

Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de las fuentes del derecho, actualmente considerada como la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, o sea, el órgano legislativo.